Procederemos al cobro de la cuota en la cuenta indicada una vez se hayan realizado los trabajos.
La devolución del cargo bancario correspondiente al cobro de la cuota llevará un incremento de 10€ en concepto de gastos de gestión del recobro. Si no va a poder atender el pago en fecha póngase en contacto con el departamento de cobros.
PRIMERA: El proveedor LEGATIK , se compromete a realizar la adaptación de su empresa al Reglamento General de protección de Datos Personales , a tenor de Reglamento (UE) 2018/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2018, ofreciendo un servicio completo de Adaptación.
SEGUNDA: El servicio se centra en el análisis de sus Sistema de información y la confección de su política de privacidad , la elaboración de los documentos que definen la política de privacidad y las indicaciones para adaptar sus contratos y documentos , realizaremos una auditoria periódica para asesorar sobre los cambios que hayan surgido. El servicio se centra en el análisis detallado del flujo de información que se recaba en la organización para estipular la Política de Privacidad específica de la misma. Se elaborará toda la documentación requerida para la entidad así como las indicaciones a adoptar sobre las medidas técnicas y organizativas necesarias. Dentro del servicio se incluye la realización de la Evaluación de Impacto y el nombramiento del Delegado de Protección de Datos que por Ley se requiere en las organizaciones.
TERCERA: Al requerirse por ley mantener permanentemente actualizado el servicio de adaptación de la empresa al R.G.P.D. , el servicio se renueva automáticamente cada año , salvo que el cliente renuncie al mismo previo aviso de 1 mes. En el caso de que los trabajos de Adaptación se hayan iniciado será cobrada la primera anualidad.
CUARTA: Los servicios de Actualización incluyen la modificación de ficheros , análisis de los cambios producidos registros de incidencias , acceso a textos y avisos legales, una auditoría preliminar anual de control sobre el estado de la adaptación, y el asesoramiento que sea necesario en la materia que nos une.
QUINTA: El cliente en cualquier momento podrá realizar cualquier consulta por correo electrónico , o desde nuestra atención telefónica. También podrá consultar su situación en caso de inspección de la AEPD.
SEXTA: El Cliente Autoriza a LEGATIK a la recepción y envío en su nombre ante la A.E.P.D. de lo que este relacionado con los servicios que se prestan . LEGATIK notificará al cliente cualquier comunicación que recibiese de la AEPD en relación a los servicios contratados.
SÉPTIMA: El cliente reconoce saber que la prestación de servicio de Adaptación a la RGPD tiene como finalidad la implantación de las medidas recogidas en el Manual de Protección de Datos , siendo por tanto su responsabilidad la implantación de dichas medidas en su empresa. Tanto el Certificado de Adaptación, como el sello de Calidad disponibles , que acreditan la adaptación de la empresa a la RGPD sólo pueden ser utilizados cuando las medidas mencionadas hayan sido implantadas . LEGATIK , no será responsable en ningún caso de una mala actuación por parte del cliente, siendo este en todo caso el obligado a implantar las medidas en su empresa.